Guía práctica
Voto por correo para el 29-N: plazos y pasos
Tienes hasta el jueves 19 de noviembre para pedirlo en Correos y hasta el miércoles 25 para enviarlo. Si lo pides, ya no podrás votar en persona en tu mesa el día 29.
Para pedirlo te quedan
Último día: jueves 19 de noviembre.
Para enviarlo te quedan
Último día: miércoles 25 de noviembre.
Cómo se vota por correo, en 4 pasos
- 1
Pídelo hasta el jueves 19 de noviembre
En cualquier oficina de Correos, en persona y con tu DNI, o en la web de Correos con certificado digital o DNI electrónico. Si no puedes ir por enfermedad o discapacidad, puede hacerlo otra persona con un poder notarial o consular y un certificado médico oficial.
- 2
Recibe la documentación en casa
La Oficina del Censo Electoral la envía por correo certificado a la dirección que indicaste, a partir del 9 de noviembre. La tienes que recoger tú, enseñando tu DNI. Llegan las papeletas y sobres de Congreso y Senado, el certificado de inscripción en el censo y un sobre para enviarlo todo.
- 3
Vota en casa
Mete la papeleta del Congreso en su sobre y la del Senado en el suyo (en la del Senado puedes marcar hasta 3 candidatos en una provincia peninsular). Cierra los sobres.
- 4
Envíalo hasta el miércoles 25 de noviembre
Mete los sobres de votación y el certificado del censo en el sobre grande dirigido a tu mesa electoral y llévalo a cualquier oficina de Correos. Es gratis y va certificado.
Lo que más gente pregunta antes de pedirlo
¿Me conviene votar por correo?
Sirve si el domingo 29 no vas a estar en tu municipio o no podrás ir a tu colegio. Si tienes dudas, piensa que es definitivo: una vez pedido, no puedes votar en persona aunque al final estés.
¿Y si me toca ser miembro de mesa?
El sorteo de las mesas no tiene en cuenta si has pedido el voto por correo. Si te toca, lee qué hacer si te toca mesa: plazos para alegar, dieta y permisos.
¿Qué papeletas llegan?
Las de todas las candidaturas de tu provincia al Congreso y la papeleta del Senado. Puedes ver de antemano quién va en cada lista en los candidatos de tu provincia.
Preguntas frecuentes
¿Hasta cuándo se puede pedir el voto por correo para el 29-N?
Hasta el jueves 19 de noviembre de 2026, en Correos (oficina o web).
¿Hasta cuándo puedo enviar el voto por correo?
El sobre con tu voto tiene que estar en una oficina de Correos como tarde el miércoles 25 de noviembre.
Si pido el voto por correo, ¿puedo votar luego en persona?
No. Una vez que lo pides, la mesa sabe que votas por correo y no te dejará votar en persona, aunque no hayas llegado a enviar el voto.
¿Cuánto cuesta votar por correo?
Nada. La solicitud y el envío del voto son gratuitos.
¿Qué hago si no me llega la documentación?
Si no estabas en casa, Correos deja un aviso para recogerla en la oficina. Si no te llega nada, pregunta en Correos o en la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral.
¿Puede recoger otra persona la documentación por mí?
Por regla general, no: el cartero o la oficina tienen que comprobar tu identidad. Solo puede recogerla otra persona en los casos de enfermedad o discapacidad con poder notarial o consular.
¿Vivo en el extranjero, también me sirve esto?
No. Los residentes en el extranjero inscritos en el CERA votan con otro procedimiento, por el consulado. Esta guía es para quien vive en España y no puede ir a votar el día 29.
Fuente: Ley Orgánica del Régimen Electoral General (arts. 72 y 73), Real Decreto 806/2026, de 5 de octubre y Correos. Revisado el 3 de noviembre de 2026.
Programador backend
Soy Aarón Gómez Vera, programador backend. He construido Elecciones al Día con ayuda de IA y lo cuento en mi canal IA en Crudo. Las cifras no las genera ninguna IA: salen del BOE, de la Junta Electoral Central y del Ministerio del Interior, tal cual. No trabajo para ningún partido.
Contenido redactado con ayuda de IA y revisado por Aarón Gómez Vera. Cómo lo hago.
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